TABLA DE PENSIONES ALIMENTICIAS MÍNIMAS
PARA EL 2015
En el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 422
de 22 de enero de 2015 se publicó la tabla de pensiones alimenticias que
regirán durante el 2015.
El monto de la pensión de alimentos depende de la capacidad
económica del alimentante y el mínimo a pagar se fija de acuerdo a la siguiente
tabla:
NIVEL 1
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SI LOS INGRESOS DEL DEMANDADO SON DE
: 1 SBU HASTA 436 DÓLARES
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DERECHO HABIENTES
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Edad del/la alimentante/a
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0-4 AÑOS (11meses, 29 días)
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5 años en adelante
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1 hijo/a
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27.2% del ingreso
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28.53% del ingreso
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2 hijos/as
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39.67% del ingreso
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41.72% del ingreso
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3 o más hijos/as
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52.18% del ingreso
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54.23% del ingreso
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NIVEL 2
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SI
LOS INGRESOS DEL DEMANDO SON DE: 437 HASTA 1090 DÓLARES
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DERECHO HABIENTES
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Edad del/la alimentante/a
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0-4 AÑOS (11meses, 29 días)
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5 años en adelantes
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1 hijo/a
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33.70% del ingreso
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35.75% del ingreso
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2 o más hijos/as
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47.45 % del ingreso
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49.51% del ingreso
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NIVEL 3
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SI LOS INGRESOS DEL DEMANDADO SON DE:
1091 DÓLARES EN ADELANTE
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DERECHO HABIENTES
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Edad del/la alimentante/a
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0-4 AÑOS (11meses, 29 días)
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5 años en adelantes
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1 hijo/a o más
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41.36% del ingreso
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44.57% del ingreso
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Cuando
se demanda alimentos, el juez establece una pensión provisional (la mínima) hasta que se de la audiencia en que se fijará
la definitiva. Según la tabla vigente las pensiones mínimas son:
PENSIÓN PROVISIONAL
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1 hijo/a
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96.28 dólares
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2 hijos/as
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140.43 dólares
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3 hijos/as o más
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184.72 dólares
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Para
fijar la pensión definitiva se debe considerar que el valor obtenido aplicando
la tabla debe dividirse para todos los hijos del alimentante, aun cuando éstos
no hayan demandado la pensión.
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