CON LA MEDIACIÓN GANAMOS TODOS
La MEDIACIÓN es la mejor manera de resolver sus conflictos. Con el apoyo de una tercera persona imparcial, llamado mediador, las partes pueden alcanzar una solución oportuna, amigable y satisfactoria
La mediación se caracteriza porque:
* Es voluntaria y confidencial
* Rápida y de bajo costo.
* En la mayoría de casos logra mejores resultados que el juicio.
* La decisión está en manos de las partes,
no en el mediador.
* Los acuerdos que se logren tienen el
efecto de una sentencia.
Ventajas frente al
juicio
MEDIACIÓN
|
JUICIO |
Se resuelve en pocos días |
Se resuelve en meses o años |
Se colabora |
Se confronta |
Se dialoga |
Se pelea |
Existe un buen ambiente |
Existe un clima de desconfianza |
Siempre ganan las 2 partes |
Hay un ganador y un perdedor |
Las partes se tratan amistosamente |
Las partes son ENEMIGOS |
¿Qué conflictos se pueden mediar?
Todos aquellos susceptibles de ser transados (alimentos, tenencia, visitas,
laborales, civiles, inquilinato, tránsito, entre otros).
¿Dónde se puede mediar?
En los Centros de Mediación registrados en
el Consejo de la Judicatura. Mayor información en nuestro blog o en la página
web del Consejo de la Judicatura.
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LO MÍNIMO QUE TODA PERSONA DEBE CONOCER SOBRE LAS PENSIONES ALIMENTICIAS
¿Quiénes deben
proporcionar la pensión alimenticia a los hijos?
Los padres son los obligados principales. En caso de ausencia, impedimento,
insuficiencia de recursos o incapacidad será pagada por los parientes en el
siguiente orden: abuelos, hermanos mayores de 18 años y los tíos.
¿Quiénes son
beneficiarios de las pensiones alimenticias?
Los hijos hasta que cumplan 18 años. Si estudian
hasta los 21 años y las personas de cualquier edad que tengan una incapacidad
física o mental que los inhabilite para subsistir por sí mismos.
¿Qué rubros se consideran
en las pensiones alimenticias?
Las pensiones deben satisfacer las necesidades
básicas de los hijos: alimentación, salud, educación, cuidado, vestuario,
vivienda, transporte, cultura y deporte.
¿Quién puede demandar la pensión alimenticia?
- La madre, el padre o la persona a cuyo cuidado se encuentre el niño.
- Los adolescentes mayores de 15 años.
¿Cómo se fija la
pensión alimenticia?
Las pensiones
mínimas se fijan en base a la tabla que anualmente publica el Ministerio de
Inclusión Económica y Social.
¿Cuál es la mínima pensión alimenticia?
Según
la tabla vigente para el 2015 las pensiones mínimas son:
- USD. 96,28 para un hijo,
- USD. 140,43 para dos hijos, y
- USD. 184,72 para tres o más hijos.
¿Qué pasa si el demandado
no paga la pensión de alimentes? Se
puede:
- Prohibirles la salida del país.
- Incluirlos en el Registro de deudores.
- Registrarlos en la Central de Riesgos.
- Inhabilitarlos para que sean candidatos a cualquier cargo público
- Inhabilitarlos para ocupar cualquier cargo público.
- Inhabilitarlos para prestar garantías prendarias o hipotecarias.
- No podrá solicitar la tenencia de sus hijos.
- Embargar y rematar los bienes del demandado.
- Detenerlo mediante Boleta de Apremio Personal hasta por 30 días y si reincide hasta por 180 días.
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